Desde ADICAE queremos manifestar nuestra solidaridad y decidido apoyo a todas las víctimas por la erupción del volcán de La Palma. La Asociación pone a disposición de los afectados toda su estructura en las islas canarias (disponemos de sede física en Las Palmas de GC y Santa Cruz de Tenerife) en un momento en el que resulta fundamental contar con un apoyo de confianza en la gestión de todas las cuestiones burocráticas y administrativas a las que los afectados harán frente para recibir las indemnizaciones que mitiguen los daños sufridos.
La Asociación ha habilitado un canal directo de comunicación, orientación y apoyo a través del correo afectadospalma@adicae.net así como un servicio de atención por sistema de videoconferencia. Y ofrece siete consejos básicos para empezar a dar respuesta a la situación por la que van a pasar muchos de nuestros conciudadanos en la isla canaria.
Cómo actuar en un primer momento
a- Si puede acceder al bien siniestrado deberá sacar fotografías del bien siniestrado y conseguir el documento de la póliza del citado bien.
b- Comunicar el siniestro a través de ADICAE lo antes posible.
Qué daños causados por la erupción están cubiertos
Los afectados tendrán derecho a indemnización incluso aunque esta catástrofe esté excluida de las coberturas de su seguro. En primer lugar hemos de comprobar el contenido de la póliza para saber si los daños pueden estar cubiertos por nuestro seguro, y en su caso, la cuantía y limitaciones en las indemnizaciones a las que tendríamos derecho, las aseguradoras cubrirán los gastos provocados por el volcán teniendo en cuenta los límites contratados cuando se aseguró la casa o el bien, por ejemplo, si una vivienda está asegurada por 150.000 euros, el seguro pagará al asegurado esa cantidad.
Si finalmente el seguro no cubre el riesgo, se deberá acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. En caso de no localizar la póliza o tener problemas con la compañía por razones del pago, ADICAE informará sobre cómo actuar. Quiénes no tengan el bien asegurado, ADICAE les ayudará en la tramitación de las
ayudas públicas prometidas.
Comunicaciones y tramitación de los siniestros
ADICAE ayudará a los afectados a reclamar los daños del siniestro, que en ningún caso puede ser rechazado, dadas las circunstancias, por posibles retrasos en la comunicación del mismo.
Las solicitudes de indemnización deben hacerse en los 7 días siguientes al siniestro. No obstante pueden darse circunstancias que impidan esa comunicación en el plazo establecido, tales como la imposibilidad de acceso a la vivienda, u otros que impiden la comunicación en ese plazo… En estos casos bastará con una mera comunicación a las compañías de los seguros que el asegurado recuerde tener contratados.
Si se acude al Consorcio de Compensación de Seguros
Recuerde que el requisito para presentar la solicitud de indemnización al Consorcio es que el afectado esté asegurado y tenga su seguro en vigor en el momento en que se inició la erupción volcánica. El Consorcio indemnizará los daños a las personas y los daños en los bienes asegurados; y aquí incluimos viviendas y comunidades, automóviles, locales de oficina y establecimientos comerciales y de servicios entre otros.
El Consorcio indemnizará con arreglo a los capitales asegurados y a las cláusulas de la póliza contratada. Se indemnizan tanto los daños materiales como los daños inmateriales, como por ejemplo la pérdida de los alquileres de los propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales o de servicios, siempre conforme a lo estipulado en la póliza.
Las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado, llamando al teléfono 900 222 665 o a través de la página web del Consorcio (www.consorseguros.es). ADICAE pondrá a disposición de todos los afectados escritos tipo y modelos para facilitar esta comunicación. Además la asociación, tras contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros, colaborará en la puesta a disposición y cumplimentación de formularios que sean necesarios.
Cobertura de daños complementarios
Los gastos derivados del desastre natural no deberán ser asumidos por los afectados. Los daños complementarios como demolición, desescombro, etc, así como los gastos para depositar en vertedero los bienes de contenido dañados (enseres domésticos, etc.) se consideran también daño y entran dentro de la indemnización hasta el 4% de la suma asegurada, según expresa el artículo 7 Real Decreto 300/2004
Inexistencia de seguro
Las ayudas públicas permitirán resarcir en sus daños a quienes no dispusieran de seguro. En los casos en que el usuario careciese de seguro, en el momento en que se aprueben ayudas públicas, que seguro aprobarán la Comunidad Autónoma, el Estado u otras instituciones, ADICAE prestará su ayuda para tramitar y solicitar estas ayudas en su caso.
Conflictos en la cobertura de los daños sufridos
ADICAE asesorará a los afectados en caso de discrepancia con la aseguradora o el Consorcio sobre las cuantías a indemnizar. ADICAE también asesorará e informará a todos los afectados en supuestos de disputa
con la compañía por cuestiones de plazo de carencia, franquicia etc.
De igual forma ADICAE prestará su ayuda en las reclamaciones en el caso de infraseguro, dado que es habitual que las compañías, a la hora de cubrir el siniestro, aleguen que el bien valía menos (por la depreciación u otras causas) que la suma que se aseguró en su momento.
Pérdida total o parcial de la vivienda:
La dimensión del problema puede generar especiales dificultades en los casos de viviendas hipotecadas, a los que ADICAE prestará especial atención. ADICAE prestará orientación y apoyo en problemas que puedan surgir con el pago del préstamo hipotecario si se ha producido la pérdida total o parcial de la vivienda.
Desde los Servicios Jurídicos de ADICAE se entiende que los bancos y cajas, que controlan totalmente los valores asegurados, contenido, continente, etc.., deben responder en casos de gravedad como estos.
Recomendaciones generales
Desde los Servicios Jurídicos de ADICAE se realizan las siguientes recomendaciones generales a todos los perjudicados por la erupción del volcán y sus consecuencias:
1.- Revisar las pólizas que se tengan contratadas, con la finalidad de verificar las coberturas y exclusiones de las mismas.
2.- En caso de no disponer de las pólizas y sus condicionados generales y particulares tenerlas pueden solicitarse a la compañía aseguradora, que está obligada a entregar un duplicado de manera inmediata.
3.- Si por alguna circunstancia el asegurado no se encontrase al corriente del pago de las primas del seguro puede regularizar la situación de inmediato para mantener la cobertura de la póliza.
4.- Revisar la posibilidad de ser titular o beneficiario de pólizas individuales o colectivas cuya existencia se desconozca, tales como pólizas de empresa, seguros vinculados a otros productos financieros como tarjetas, seguros de comunidades de propietarios, etc…
5.- comprobar si se tiene contratado un seguro de Defensa Jurídica, que puede utilizarse en caso de discrepancias con la aseguradora, bien por que la aseguradora se niegue a dar cobertura o porque la indemnización propuesta no se considere adecuada.