El llamado «caso Villarejo» es, en realidad, la novena de las 25 piezas separadas abiertas por el Juez García Castellón, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional. Se trata de un asunto complejo en el que se encuentra imputado, además de 8 directivos y ex-directivos, del BBVA, el propio banco como persona jurídica, por presuntamente revelar secretos, cohecho y corrupción en los negocios, hechos que derivan de los contratos establecidos entre BBVA y la empresa CENYT, propiedad del excomisario, para espiar de manera habitual a las personas consideradas «enemigas» de quien fuera Presidente del banco, Francisco González: según deriva de las investigaciones, entre los años 2004 y 2017 la empresa CENYT pudo percibir por tal encargo la cantidad de 10 millones de euros.
Entre las personas que fueron objeto de espionaje se encuentran presuntamente el ex ministro Miguel Sebastián y Florentino Pérez, Presidente de SACYR y del Real Madrid, encontrándose la razón de la consideración de este último como «enemigo» en la toma de posición accionarial en el capital del banco que pretendía llevar a cabo.
Indicios de espionaje a ADICAE y sus directivos
No resulta sorprendente tampoco que, según consta en un correo electrónico remitido por uno de los integrantes de la trama, que fue revelado por el diario EL MUNDO en su edición del día 16 de julio de 2019, entre los espiados pudieran constar ADICAE y los integrantes de su Junta Directiva, y ello de cara a la Junta General de Accionistas del año 2017: «ADICAE estará presente en la junta, de eso no cabe duda, pero no se detecta que vaya a plantear acciones excepcionales de protesta», puede leerse en el informe, en el que al parecer constan los nombres de los miembros de la Junta Directiva de ADICAE, su domicilio postal, su ámbito de actuación, la actividad de su cuenta en Twitter y su perfil en Facebook.
Decimos que no sorprende la consideración que como «enemigo» pudiera tener el anterior presidente de BBVA Francisco González respecto a ADICAE puesto que, aunque nuestra Asociación nunca ha sentido enemistad hacia ninguna institución financiera lo cierto es que ADICAE puede considerarse con orgullo decana en la denuncia de los fraudes bancarios masivos y la defensa de los consumidores frente a los abusos de determinada banca.
Personación de ADICAE en el procedimiento en condición de perjudicado
La citada información publicada en El Mundo, de la que se hicieron eco diversos medios digitales, como economiadigital.es, el español.com o elboletin.com motivó que el día 18 de julio de 2019 abogados de ADICAE-SERJUR presentaran el día 7 de julio de 2019 ante el Juzgado escrito solicitando personarse en el procedimiento en condición de perjudicado y acceso a lo ya actuado para poder ejercer la acusación particular, y ello desde la consideración de que tales conductas podrían ser constitutivas de delito a efectos de poder defender el derecho que a la Asociación y sus representantes asiste, en su caso. Ante la ausencia de respuesta por parte del Juzgado Central de Instrucción numero 6 de la Audiencia Nacional, en el mes de octubre de 2019 se presentó por ADICAE nuevo escrito, reiterando la solicitud de personación cursada con anterioridad; tras la realización de varias gestiones, el día 9 de septiembre de 2020 el Juzgado de Instrucción emitió Auto por el que se admite la personación de ADICAE en el Procedimiento.
Admisión de la personación y recurso de ADICAE
No obstante, y a pesar de que la resolución recoge de manera correcta en su antecedente de hecho primero que la solicitud de ADICAE va referida a su intervención como acusación particular, esto es, como perjudicado, en defensa de su propio derecho, en la parte dispositiva, «el fallo», acuerda la personación de la Asociación para el ejercicio de la acción popular, error que conllevaría importantes consecuencias, traduciéndose la primera de ellas en la fijación, como requisito previo al ejercicio de la acción, de una importante fianza económica de varios miles de euros.
Por este motivo, el mismo día en que fue notificado el auto, 10 de septiembre, se interpuso recurso de reforma solicitando que, con subsanación del error advertido, se admita la personación de ADICAE para que pueda ejercitar el derecho que al interés de la Asociación y sus socios asiste, esto es, el de ejercitar la acusación particular, sin que tal ejercicio se vea afectado por el requisito de depósito de fianza alguna. Ahora, deberemos atender a la resolución del recurso, que no debería demorarse en exceso por cuanto es el órgano que ostenta la competencia para su decisión es el propio Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.
A ver si el avezado lector adivina las siguientes cuestiones:
1- ¿Se habrá opuesto BBVA a la personación de ADICAE en el procedimiento a efectos de poder ejercer su derecho de defensa en caso de que, a la vista del expediente, considera haber sido perjudicado por la comisión de alguna conducta delictiva?
Marque, por favor, la respuesta correcta entre las siguientes:
- Sí
- Sí
2.- ¿Se habrá opuesto de la misma manera el expresidente del Banco, Francisco González?
Marque, por favor, la respuesta correcta entre las siguientes:
- Sí
- Sí